¿Entraste a trabajar este año? Quita la casilla “Trabajé todo el año” y escribe tu fecha de ingreso: te toca la parte proporcional.
Cuánto aguinaldo te corresponde
La Ley Federal del Trabajo establece un mínimo de 15 días de salario, que debe pagarse a más tardar el 20 de diciembre. Si tu contrato o tu empresa te dan más días, se usa esa cantidad.
Si no trabajaste el año completo, te corresponde la parte proporcional: salario diario × días de aguinaldo × días trabajados ÷ 365.
Cuánto está exento de ISR
El aguinaldo está exento hasta 30 veces la UMA diaria. Con la UMA vigente de $117.31, los primeros $3,519.30 no pagan impuesto. Solo se grava el excedente.
Los dos métodos para calcular el ISR
El patrón puede sumar el aguinaldo gravado al sueldo del mes y aplicar la tarifa del artículo 96 de la Ley del ISR. También puede usar el procedimiento opcional del artículo 174 del Reglamento, que reparte el aguinaldo en el año para calcular una tasa. El segundo método suele dar una retención menor.